10 establecimientos distribuidos en toda la provincia del Chaco

La Dirección General de Seguridad y Criminología Penitenciaria, tiene a su cargo la supervisión y contralor general de los servicios implementados en los distintos organismos, institutos, unidades, dependencias, y servicios, destinados a la custodia y guarda de los procesados, a la adaptación de los condenados, como así al traslado de los internos, de conformidad con las distintas disposiciones legales y reglamentarias. Bajo su dependencia funcionan, entre otros, los Departamentos: Complejos Penitenciarios I y II; y las Divisiones: Unidades Penitenciarias I, II, III, IV, V, VI,VII y VIII. Estos establecimientos alojan en un mayor porcentaje a una población masculina que femenina, con diferentes situaciones legales, gran parte condenados.

La siguiente tabla posibilita la búsqueda de cualquiera de los diez establecimientos,  brindando información, tales como, jefes a cargo, dirección, localización satelital y medios de contacto.

INFORMACION PARA VISITAS

ELEMENTOS PROHIBIDOS Y/O NO PERMITIDOS

  1. DROGAS, ESTUPEFACIENTES, ALCOHOL (CUALQUIERA FUERA SU PREPARACIÓN) O CUALQUIER OTRA SUSTANCIA QUE PRODUZCA ADICCIÓN WO DROGADICCIÓN.
  2. MEDICAMENTOS DE VENTA LIBRE WO BAJO PRESCRIPCIÓN MEDICA, SALVO DEBIDA AUTORIZACIÓN BAJO PRESCRIPCIÓN MÉDICA, DEBIENDO SER EXHIBIDA Y ENTREGADO LOS MISMOS PARA SU SUMINISTRO POR EL ÁREA CORRESPONDIENTE.
  3. EQUIPOS ELECTRÓNICOS: TELÉFONOS MÓVILES SIN REGISTRAR (RESOLUCIÓN N’ 676/22), RADIOS MINIATURA, MINICÁMARAS CON MICRÓFONOS, ENTRE OTROS A CONSIDERACIÓN DEL JEFE DE UNIDAD WO RESPONSABLE A CARGO.
  4. AGUJAS DE CONSIDERABLE TAMAÑO, PINCHOS, CUCHILLOS, ESPADAS: HECHOS CON PLETINAS, FLEJES DE VENTANA, HUESOS DE CHULETAS, VIDRIOS ROTOS, LATAS O ELEMENTOS DE VIDRIO, BOLÍGRAFOS DE METAL, ASTILLAS GRUESAS DE MADERA.
  5. APARATOS PARA TATUAR: HECHOS CON MOTORCITOS A PILAS (WALKMAN U OTROS).
  6. ESPARADRAPO, CINTAS, CORDELES. SOGAS WO ELEMENTOS DE SIMILAR ESTRUCTURA
  7. ALIMENTOS: MARISCOS, HUEVOS. CHOCOLATES RELLENOS.
  8. DINERO EN METÁLICO O GRANDES CANTIDADES.
  9. ALIMENTOS DE DESCOMPOSICIÓN RÁPIDA O QUE REQUIERAN CADENA DE FRÍO CONTINÚA. ÑOQUIS, RAVIOLES, SORRENTINOS.
  10. ELEMENTOS DE HIGIENE, MEDICAMENTOS Y PRODUCTOS LÍQUIDOS EN ENVASES O CONTENIDO NO TRANSPARENTES.
  11. EQUIPOS ELECTRÓNICOS TALES COMO ORDENADORES Y EQUIPOS INFORMÁTICOS Y/O TELÉFONOS NO REGISTRADOS.
  12. OBJETOS METÁLICOS QUE PUEDAN SER CONVERTIDOS WO UTILIZADOS COMO POTENCIALES ARMAS.
  13. ROPA DE COLORES O CONFECCIÓN QUE PUEDAN CONFUNDIRSE CON LA DE LOS AGENTES PENITENCIARIOS POR SU SIMILITUD
  14. ROPA FEMENINA ESCOTADA Y TRANSPARENTE.
  • EL JEFE DE UNIDAD QUEDARÁ FACULTADO PARA AGREGAR Y/O AMPLIAR LA PRESENTE LISTA CONFORME NECESIDADES O CRITERIOS DE FUNCIONAMIENTO DE LA UNIDAD A SU CARGO, DEBIENDO FUNDAR BAJO ACTA E INFORMAR LA MISMA CONFORME SEGÚN SE ESTABLECE EN EL ARTÍCULO 72° (DISPOSICIÓN N° 405/22)

ELEMENTOS NO AUTORIZADOS A INGRESAR POR PAQUETES

  1. UVA
  2. CÍTRICOS
  3. SANDWICH DE MIGA
  4. LEVADURA
  5. EMPANADA
  6. TARTA
  7. PASTA RELLENA
  8. PIZZA
  9. EMBUTIDO DE ELABORACIÓN CASERA
  10. MATAMBRE ARROLLADO
  11. CARNES Y ACHURAS EN GENERAL QUE NO FUERAN PARA INMEDIATO CONSUMO
  12. AEROSOL
  13. RESISTENCIA PARA CALENTADOR
  14. ALHAJAS
  15. BIJOUTERIE
  16. CUCHILLO CON PUNTA Y/O ELEMENTO PUNZO CORTANTE DE SIMILAR USO
  17. BATERIA DE COCINA
  18. CERA DEPILATORIA
  19. COSMÉTICOS
  20. ANTEOJOS NO RECETADOS
  21. BOTAS ALTAS
  22. ZAPATOS CON PLATAFORMA
  23. BORCEGUIES
  24. TAPADO Y SOBRETODO
  25. CORPIÑO CON ARO DE METAL
  26. VINCHA FORRADA
  27. PILOTO
  28. ROPA FEMENINA ESCOTADA Y TRANSPARENTE
  29. PARAGUAS
  30. PASAMONTAÑA Y GORRO
  31. HERRAMIENTAS
  32. LLAVES
  33. PELUCA Y PELUQUÍN
  34. TELÉFONO CELULAR
  35. APARATOS DE INFORMÁTICA
  36. MODEM U OTROS DISPOSITIVOS PARA INTERNET.
  37. TODO TIPO DE CARNE CRUDA.
  38. DESODORANTE A BOLILLA Y EN AEROSOL.
  39. FRASCO DE VIDRIO
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